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Novedades en alquileres turísticos

El Tribunal Supremo ha dicho que las comunidades de vecinos pueden prohibir los alquileres turísticos si más de la mitad de los propietarios están de acuerdo, sin necesidad de que todos lo estén. Antes había dudas sobre si se necesitaba la aprobación de todos o solo de una mayoría para tomar esta decisión, pero ahora el Supremo ha aclarado que con una mayoría de tres quintos es suficiente. Esto se debe a que los alquileres turísticos están encareciendo los precios del alquiler y, por lo tanto, es razonable que los vecinos puedan limitar esta actividad si lo consideran necesario. El Tribunal también señala que esta medida es justa para proteger los intereses de la comunidad. Además, explica que las palabras «limitar» o «condicionar» incluyen la posibilidad de prohibir, algo que ya había sido reconocido en casos anteriores. En resumen, las comunidades de propietarios tienen derecho a prohibir estos alquileres turísticos si una mayoría suficiente está de acuerdo, y no hace falta que haya unanimidad.

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